Explosivos (Voladuras y Voladuras Especiales)

El uso de explosivos se ha llevado a cabo a lo largo de la historia por especialistas y mineros, los cuales se han visto obligados a la utilización de todo tipo de ingenios para la manipulación de los mismos.

Las voladuras se basan en la acción de fracturar o fragmentar una roca, el suelo, el hormigón, o algún tipo de elemento metálico mediante el uso de explosivos. O en otras palabras, consisten en un conjunto de barrenos que se perforan dentro de un elemento competente y en cuyo interior se colocan los explosivos.

Los explosivos colocados se encuentran  encartuchados o a granel, con el objetivo de que una vez detonados, se puedan recoger los escombros originados de dichos explosivos, bien para su aprovechamiento minero (explotación minera) o bien para su eliminación (demolición o recate), y así construir algo donde antes estaba lo que se ha volado.

El equipo de profesionales de INGEMINSA SL y sus colaboradores, considera necesario que para poder llevar a cabo una voladura, es crucial realizar un control exhaustivo de la seguridad, junto con un estudio de los materiales a volar, del lugar donde se encuentran, de las limitaciones legales y particulares, etc. Todo ello en su conjunto se elabora mediante valoraciones profesionales, proyectos, controles y estudios como el estudio de vibraciones, etc.

VOLADURAS ESPECIALES

  • GRANDES VOLADURAS (<10 TN) : son aquellas que por sus características geológicas locales, geometría, volumen relativo y carga máxima instantánea, requieren según la autoridad minera competente, medidas preventivas específicas y complementarias a las exigidas en las voladuras convencionales.

 

  • VOLADURAS BAJO EL AGUA: aquellas que puedan afectar por su proximidad a núcleos habitados, instalaciones y edificaciones de cualquier tipo, realizadas bajo columna de agua, en cauces fluviales, lagos, embalses o en el mar.

 

  • DEMOLICIONES: cuando se trata de demolición de edificios, estructuras en general o cimentaciones, en el caso de que se encuentren próximas a núcleos habitados, condicionantes del contorno o  dificultad técnica.

  

  • VOLADURAS CON RIESGOS PECULIARES: aquellas que puedan afectar a vías de comunicación, sistemas de transporte, presas, depósitos de agua, almacenamientos de materias peligrosas, núcleos urbanos habitados, instalaciones industriales o de cualquier tipo. 

 

  • VOLADURAS PRÓXIMAS A INSTALACIONES ELÉCTRICAS: próximas a centros de producción, transformación y redes de transporte y distribución de energía eléctrica, a cualquier tensión.

 

  • VOLADURAS PRÓXIMAS A EMISIÓN DE ONDAS: las realizadas en las proximidades de emisoras de radio, televisión, radar o repetidores de alta frecuencia.

 

 

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